DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR los Recursos de Revisión interpuestos por el penado de autos, ciudadano APONTE CASTILLO JHONNY ENRIQUE, con fundamento en el artículo 470 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, y por su defensa abogada, MIRIAM PRADO, respecto a la Sentencia publicada en fecha 23 de enero de 1987, por el extinto Juzgado Superior Décimo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano APONTE CASTILLO JHONNY ENRIQUE, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.408.424, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordin.....