Es por todo los razonamientos anteriormente expuestos que; este Juzgado Quinto de Ejecución para el Régimen de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: La Cesación por cumplimiento de la medida de Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que fuera impuesta al joven: IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de Identidad Nº 20.490.837, de nacionalidad Venezolana, de 18 años de edad, nacido en fecha 05-02-1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Aidé Zuniaga (v) y Tirson Mora (v), residenciado en: Guarenas, Plaza de los Flojos, Castillo, Casa Nº 16, Estado Miranda, por el lapso de CUATRO (04) MESES, dictada por este Juzgado, en fecha 21-02-07 y como consecuencia de ello se decreta la liber.....