En virtud de tales consideraciones y atendiendo al tipo penal investigado, considera quien juzga, que la solicitud fiscal está ajustada a derecho, toda vez que siendo el titular de la acción penal conforme a las previsiones del artículo 11 del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto uno de los objetivos del proceso penal es establecer de la verdad de los hechos y la justicia en aplicación del derecho, y en atención a los postulados del artículo 281 eiusdem
En consecuencia, se acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano JUAN MANUEL MORILLO OSORIO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.324.923, por la presunta comisión del delito de OCULTACION AGRAVADA ILICITA DE DROGA, previsto y sancionado en el Artículo 149 SEGUNDO APARTE EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 163 ORDINAL 7 de la Ley Orgánica contra de Droga, conforme a lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; y se otorga la prorrog.....