este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente Transacción señalado supra, quedando consumado el acto como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, se da por terminado el proceso ordenando el cierre informático y el archivo definitivo de la causa.- Asimismo se deja constancia a los fines estadísticos que el monto demandada fue por la cantidad de BS. 11.000,00 y el monto transado asciende a la cantidad de BS. 11.000,00, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación. ASI SE ESTABLECE.-
EL JUEZ
ABG. FELIX MILANO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA VERUSKA DAVILA