En consideración a ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Desistido el procedimiento y dará por Terminado el presente proceso transcurrido como sea el lapso para ejercer los recursos de ley contra la presente decisión. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abog. Carmen Leticia Salazar
La Apoderada de la Parte demandada,
La Secretaria,
Abog. Adriana Bigott