Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por los ciudadanos Neyda Yasmin Suárez Suárez y Luís Javier Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.702.159 y V-11.696.275, respectivamente, actuando en su condición de progenitores de la niña.