Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana GIANNA P. BRICEÑO CABEZAS, Defensora Pública Auxiliar Cuadragésima Quinta (45º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos RACSO DAVID GIL LUGO, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.835.692, FANI ESMERALDA VILLAMIZAR RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº C- 60.259.611 y CLAUDIA CAMACHO SANTOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 29.607.425, quien recurre con conformidad a lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 13 de agosto del 2015, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicia.....