Conforme a lo anterior, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: Medida Cautelar Provisionalísima y ORDENA:
PRIMERO: Mientras dure el presente procedimiento de amparo la SUSPENSIÓN de las Resoluciones Nros. L/332.9/2010 del 30 de septiembre de 2010 y 011/2010 del 14 de octubre de 2010, emanadas de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del estado Miranda y en consecuencia, la APERTURA INMEDIATA de los locales comerciales donde ejercen el comercio la accionante y el inicio de sus actividades económicas habituales, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva, ubicados en el Centro Comercial Ciudad Tamanaco y Urbanización La Castellana del referido Municipio.
SEGUNDO: A la Administración Tributaria del Municipio Chacao del estado Miranda, abstenerse de clausurar, cerrar o materializar actos que obstaculicen el libre desenvolvimiento de la.....