Por lo que atañe a la prueba documental contenida en el punto número 2 del Capítulo II marcada "B", que corre inserta del folio 58 al 60, relativa a la "Resolución Nº 0099 de fecha 30 de mayo de 2005, dictada por el Gobernador del Estado Bolivariano de Miranda...", y a las pruebas que corren insertas al folio 76, y 87 al 153, contra la cual se declaró en fecha 20 de noviembre de 2007 procedente la oposición de la querellante por tratarse de copias simples, y atendiendo a que no fueron consignadas por la parte querellada copias certificadas de las mismas, se niega su admisión, y así se decide.