PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la ciudadana JUDITH CECILIA AGUIRRE PERAZA, contra la ciudadana DIAMANTINA NUÑEZ, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se condena a la ciudadana DIAMANTINA NUÑEZ a lo siguiente:
PRIMERO: Entregar a la actora el inmueble distinguido con el Nro. 10, letra B (Ap-10-B), ubicado en el piso 10 del Edificio denominado Conjunto Residencial Comercial "Los Almendros", Torre 3, ubicado en la esquina entre la Avenida Rómulo Gallegos y Avenida Principal de los Ruices, en Jurisdicción del Municipio Leoncio Martínez del Estado Miranda, completamente desocupado, libre de personas y cosas y en las mismas buenas con.....