DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la recusación interpuesta por el abogado NELSON RAMIREZ TORRES, en contra del Juez Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, fundamentada en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, por no estar fundada en un motivo que la haga admisible, a tenor de lo previsto en el artículo 92 del Código Orgánico Procesal.
Regístrese, publíquese, diarícese la presente decisión y déjese copia autorizada en archivo. Remítase el cuaderno especial al Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en su debida oportunidad.
LA JUEZ PRESIDENTE
DRA. PATRICIA MONTIEL MA.....