IV. DECISIÓN.
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por ciudadano WILMER JOSÉ LEON, contra la sociedad mercantil CALOX INTERNATIONAL, C.A., identificados en autos. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de la presente Decisión
Dado, Sellado y Firmado, en la Sala de Despacho del JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de Caracas, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independenc.....