Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara;
1.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de contenido patrimonial (prescripción adquisitiva) presentada por el abogado Roger Antonio Aguey Alfonso, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.001, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana PATRICIA ELENA RAFFO KOSCINA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.564.831, contra el MUNICIPIO DEL ESTADO VARGAS.
2.- EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el recurso contencioso administrativo funcionarial, de conformidad con lo establecido en la motiva del fallo.
3.- INOFICIOSA la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.