DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SIMON EDUARDO AVENDAÑO en contra de la empresa OFICINA DE CONTABILIDAD ADRIATICA, S.R.L., ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: En consecuencia se ordena a la empresa demandada al pago de los conceptos que se mencionan a continuación: Antigüedad; Preaviso; Utilidades; Vacaciones fraccionadas; Vacaciones anteriores pendientes no canceladas y diferencia salarial. Dichos conceptos, deberán ser determinados mediante experticia complementaria del fallo a realizarse por un único experto, que será designado por el tribunal ejecutor que le corresponda conocer de la presente causa, y una vez determinado el monto total que le corresponde por dicho concepto al accionante, deberá ser deducido el monto recibido por el accionante como adelanto de sus prestaciones sociales, cuyo monto fue de Bs. 238.727,80, tal como se estableciera en la motiva.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses de presta.....