Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido con amparo constitucional de carácter cautelar interpuesto por la ciudadana SANDRA COROMOTO AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.049.190, debidamente representada por el abogado José Antonio Colmenarez Cárdenas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.498, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, a través del "HOSPITAL DOCTOR DOMINGO LUCIANI", conforme a lo previsto en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a l.....