Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 29 de julio de 2005, por el ciudadano Gritzko Gabriel Terán Mogollón, debidamente asistido por el abogado Victor Amaro Piña, contra la sentencia del 27 de junio de 2005, proferida del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Partición y Liquidación de Comunidad, interpuesta por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON, contra los ciudadanos MIREYA DIAZ VIZCAYA, CERES TERAN DIAZ, JOSE GABRIEL TERAN DIAZ y GRITZKO TERAN DIAZ. Se ordena la partición de un inmueble ubicado en Cumbres de Terepaima, Cabudare, consituido por una vivienda y las bienhechurias. Queda así REVOCADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas.