Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO RECURRIDO contenido en la Resolución identificada bajo el No SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2009/0574, emitida por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT en fecha 05-06-2009, realizada, de conformidad con el articulo 263 del Código Orgánico Tributario por los Abogados Alfredo Travieso Passios, Moisés A Vallenilla Tolosa, Xavier Escalante Elguezabal, Álvaro García Casafranca, Leslie Miranda Rodríguez, Ricardo Cattabriga y Maria Corina Valery, titulares de las Cedulas de Identidad No 1.733.805, 6487.825, 10.534.928, 13.339.887, 16.524.720, 14.143.825 y 16.929.....