Vista la solicitud de aclaratoria del fallo a que se refiere el escrito del 30 de marzo de 2015, por el cual el apoderado de la parte actora, ALBERTO HERNÁNDEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 130.753, pide que para evitar confusiones, se aclare si la condenatoria de los intereses de mora y la indexación, "hasta la efectiva ejecución del fallo", significa que deberán pagarse hasta el efectivo pago; este Tribunal en la decisión cuya aclaratoria se solicita, señaló: "Se acuerdan los intereses de mora y la indexación, desde la terminación de la relación de trabajo, para los intereses y demás conceptos, hasta la efectiva ejecución del fallo; y para la indexación de la antigüedad, desde la terminación de la relación de trabajo, hasta la efectiva ejecución del fallo, y para los demás conceptos, desde la notificación de la demandada para este juicio, hasta la efectiva ejecución del fallo..."; por lo cual debe entenderse, que los intereses de mora corren desde la terminación de la relación de .....