Este TRIBUNAL UNIPERSONAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, encuentra INOCENTE al ciudadano JHONATAN RODRIGUEZ COLMENAREZ, cedulado con el N° V-18.922.613, y en consecuencia SE ABSUELVE de la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 278 del código Penal, acordándose la libertad plena desde la Sala de Audiencia y el cese de las medidas de coerción personal que hayan sido impuestas en Fase de Control y en esta Fase.
Se ordena la remisión del objeto señalado como arma, al Parque Nacional de Armas en atención a lo previsto en el artículo 279 del Código Penal en relación con el artículo 1 numeral 3 de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y Tráfico de Armas de Fuego, como Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados.
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