Este Juzgado Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el presente asunto, por resultar improcedente la delación relativa a la ausencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido; resultando procedente la delación referida al vicio de inmotivación, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores Contencioso Tributarios del Area Metropolitana de Caracas, en fecha catorce (14) de febrero de dos mil ocho (2008)