Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Oscar Elías Omaña Guerrero, Alfonso Méndez y Manuel Alberto Guerrero Sanabria, Inpreabogado Nos. 37.382, 33.662 y 187.219, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano HUGO ARMANDO DIAZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 2.970.197, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.
SEGUNDO: Se ordena al Instituto querellado, incluir al ciudadano Hugo Armando Díaz García, hoy querellante, en la nómina de jubilados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
TERCERO: Se ordena pagar mensualmente al querellante la cantidad correspondiente a la pensión de jubilación con los ajustes pertinentes a que hubiere lug.....