ADMITE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los abogados JOSE RAFAEL PARRA SALUZZO, PEDRO VELÁSQUEZ ZERPA y FRANCISCO SANTANA NÚÑEZ, en condición de Defensores del ciudadano JACK WILLIAM BANDEL BERMAN, conforme a lo previsto en los artículos 27, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en los artículos 1 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en contra del auto de fecha 10 de enero de 2007, dictado por el JUZGADO NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a cargo de la Juez Dra. ANABELL RODRÍGUEZ. En consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA NOTIFICAR a los abogados JOSE RAFAEL PARRA SALUZZO, PEDRO VELÁSQUEZ ZERPA y FRANCISCO SANTANA NÚÑEZ, en condición de Defensores del ciudadano JACK WILLIAM BANDEL BERMAN, de la Admisibilidad de la Acción de Amparo y de la fijación de la Audiencia Constitucional dentro de.....