(...) este Tribunal Trigésimo (30°) de Primera Instancia Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, administrado Justicia y por autoridad de la Ley, declara: por cuanto la Transacción celebrada entre el ciudadano FERNANDO DE FREITAS NUNES, cédula de identidad N° 10.800.198, asistido en dicho acto por la abogada MARIA CAICEDO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 107.165, y la Demandada, sociedad mercantil DISTRIBUIDORA GAR 60, C.A, representada en dicho acto por la ciudadana GEORGETTE ABILAHOUD, titular de la cédula de identidad N° 5.600.327, asistida por la abogada MERCEDES CORRO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 98..965; no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 89, numeral 2° de la Carta Fundamental, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACION, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA (...)