En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO EFECTUADO, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita la JULIA STEIN, actuando en su carácter de solicitante, debidamente asistida de abogado, en fecha 25 de Mayo de 2010, cursante al folio Veinticinco (25), y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA el mencionado DESISTIMIENTO.- Así mismo, se acuerda la devolución de los originales de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-