Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1) PROCEDENTE la solicitud de declaratoria de Sustitución de Patrono formula por la apoderada judicial de la parte actora, abogada CARMEN MIERE inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.741.- 2) Se declara a la ASOCIACIÓN CIVIL MAGNUM CITY CLUB, patrono sustituto de la parte demandante, ciudadano DOMINGO HUIZA, titular de la cédula de identidad N° V- 9.028.261. 3) De conformidad con el Principio de Continuidad de Ejecución de la Sentencia, se acuerda fijar por auto separado, la oportunidad legal para la ejecución forzosa de la sentencia proferida en fecha 9 de enero de 2006, en los bienes propiedad de la sustituta ASOCIACIÓN CIVIL MAGNUM CITY CLUB.