Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la acción de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD instaurado por el ciudadano ALFREDO JOSÉ CASTILLO contra el ciudadano ANTONIO MATA CÓRDOVA, conforme a los lineamientos señalados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente acción.
TERCERO: SE ORDENA la notificación de las partes, por cuanto el presente fallo se dicta fuera del lapso legal correspondiente.