este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con vista a la averiguación sumaria instruida, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano GUSTAVO ADOLFO GONZALEZ PINEDO, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.802.579, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las normas anteriormente mencionadas se designa a la ciudadana TATIANA GONZALEZ DE ARANCIBIA, venezolana, de este domicilio, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.360.343, como TUTORA INTERINA del presunto entredicho, quien deberá comparecer ante este Juzgado a juram.....