Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados José Raul Villamizar y Ali Josefina Palacios García, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana CORINA MACHADO, contra la Junta Liquidadora del Fondo de Crédito Industrial (FONCREI).
SEGUNDO: Se confirma el acto de Remoción contenido en el Oficio Nº 201 de fecha 08 de julio de 2009.
TERCERO: se declara la nulidad del acto de Retiro contenido en el Oficio Nº 254 de fecha 08 de agosto de 2009.
CUARTO: Se ordena a la Junta Liquidadora del Fondo de Crédito Industrial (FONCREI), y en su defecto al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de economía comunal, reincorporar a la querellante, por el lapso de un (1) mes, en el c.....