En cuanto a las peticiones de que se dejase sin efecto y/o se revocara por contrario imperio el oficio librado a la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Sistema Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), declarándose notificada a la sociedad mercantil BARR HOTELS RESORT INVESTMENT INC.; y, se revocara la notificación del ciudadano LAUTARO BARRERA BERMEJO, este Juzgado Superior NIEGA dichos pedimentos, en virtud de que los mismos se encuentran relacionados con los hechos alegados como fundamento de la Acción de Amparo Constitucional, los cuales son puntos que se resolverán en la oportunidad de dictar la sentencia de mérito en el presente asunto. Así se decide.
Asimismo, en razón de lo solicitado de que se revocara por contrario imperio los oficios de notificación librados al Ministerio del Poder Popular para el Turismo (MINTUR), y a la Venezolana de Turismo Sociedad Anónima (VENETUR); esta Alzada NIEGA el mismo, por cuanto dichos organismos so.....