este Tribunal, luego de un análisis a los hechos explanados en el libelo de demanda, así como al informe médico expedido por la Dra. Carolina Arria, del Hospital General del Oeste "Dr. José Gregorio Hernández" Los Magallanes de Catia, del cual se desprende que el referido ciudadano Francisco Miguel, presenta Ceguera total, Retardo Mental profundo y Autismo Grave; se ordena tramitar la presente solicitud como INTERDICCIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil; por tal motivo, se admite la anterior solicitud cuanto ha lugar en derecho. En tal virtud, se ordena abrir el proceso respectivo a fin de averiguar en forma sumaria los hechos imputados; motivado a ello, tal como lo ordena el Legislador en el mencionado artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que el notado de demencia, sea examinado, se ordena oficiar a la Medicatura Forense adscrita al Cuerpo Técnico de Investigaciones Penales y Criminalisticas, para que desi.....