CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE NUÑEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte ACTORA en contra de la decisión de fecha 23 de julio de 2008 dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se REVOCA el fallo recurrido, y se ordena al Juzgado Undécimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, tramite la impugnación formulada por la parte actora a la experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.