DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil HIGH TECH ELECTRONICA C.A., contra el MINISTERIO DEL POPER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
2.- DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
Remítase el expediente judicial a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
Notifíquese, publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a
los veintitrés (23) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
EL JUEZ,
ALÍ ALBERTO GAMBOA GARCÍA
LA SEC.....