DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: EL DESACATO de la sentencia dictada en fecha 09 de febrero de 2017, en el presente asunto con ocasión a la acción de amparo constitucional que declaró "...CON LUGAR la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON contra LA COORDINACIÓN DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL ESTADO LARA. Así se decide. SEGUNDO: En consecuencia, a los fines de restablecer inmediatamente situación jurídica infringida, se ordena a la DEFENSA PUBLICA, a través de la COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEFENSA PÚBLICA DEL ESTADO LARA, ordenar la designación de un nuevo defensor público que preste la debida defensa y asistencia judicial al ciudadano GRITZKO GABR.....