Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 en concordancia con la sentencia 693 de fecha 02 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por los ciudadanos NEURY MAYELA GIL BENAVIDES y JOEL JOSE GARCIA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V- 12.417.653 y V- 10.380.344, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 01 de abril de 1992, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 58, del libro de matrimonios correspond.....