PRIMERO: La CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos JOSE MARIA GONZALEZ HERNANDEZ y LISBETH JOSEFINA CACHIMA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.338.270 y V-15.780.921, respectivamente, decretada por este Juzgado en fecha doce (12) de junio de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil.-
SEGUNDO: DISUELTO por DIVORCIO, el vínculo conyugal que los unió, contraído en fecha nueve (09) de septiembre de 2.004, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José de esta ciudad de Caracas, según Acta Nº 57, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por la referida autoridad en la fecha señalada.-