Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la Defensa de revisar la medida de Prisión Preventiva dictada contra los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, en la causa que se le sigue por los delitos de Robo Agravado y Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previstos en los artículos 458 del Código Penal y 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Notifíquese de lo conducente al Defensor Privado.