PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS ALEGADAS POR LA PARTE DEMANDADA, ASI COMO LA FALTA DE CUALIDAD DE LA ACTORA Y CON LUGAR la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano MELCIADES ARDILA en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO OBANDO, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento verbal celebrado por las partes y cuyo objeto es el inmueble identificado como: apartamento N° 26, Sótano 2, ubicado en la calle Sucre, Sector Caño Amarillo, entre la Línea 1 del Metro y la calle Buen Consejo, detrás de la Universidad Nacional Experimental de las Artes (UNEARTE), Jurisdicción de la Parroquia 23 de Enero, Municipio.....