"(...) este Tribunal Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano RODOLFO ORTEGA, titular de la cedula de identidad N° 14.360.412, y la empresa PIZZERIA ROMANINA, C.A. (...)"