este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que las partes, luego de hacerse recíprocas concesiones de los derechos discutidos, aceptaron que la parte Oferente PANTINA COSMETIC INC. C.A., pague a la parte oferida: ciudadano JIMMY ALI ZAMORA GONZÁLEZ, cédula de identidad NºV-15.526.023, la cantidad de BOLÍVARES FUERTES CINCUENTA MIL (Bs.F.50.000,00), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional. Igualmente, se evidencia que la referida transacción constituye un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas, así como por cualquier otro derecho que eventualmente pudiera tener el Oferido por otros conceptos. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requi.....