-DISPOSITIVO-
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo previsto en el artículo 253 del texto Constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión que por Desalojo incoara la ciudadana ANTONIA JUNCAL DE TAHHAN en contra de la ciudadana ANA LUCIA CUBIDES ambas partes plenamente identificadas en el fallo.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se CONDENA a la parte demandada en la causa, ciudadana ANA LUCIA CUBIDES a efectuar a favor de la parte actora, ciudadana ANTONIA JUNCAL DE TAHHAN y/o sus apoderados debidamente constituidos, la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del bien inmueble arrendado, conformado por un sobre un local distinguido con el N° 6 de la planta baja del Centro Comercia.....