DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de junio de 2009 por la ciudadana CARMEN VICTORIA BLANCO, asistida por el abogado JOSE DAZA RAMIREZ, en su carácter de parte demandada, contra el fallo dictado en fecha 03 de febrero de 2009, por el Tribunal Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada por llenarse los extremos del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO fuera incoada por la ciudadana MAGALI COROMOTO MONTEROLA contra la ciudadana CARMEN VICTORIA BLANCO. Se CONFIRMA en todas sus partes el fallo de fecha 03 de febre.....