Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCION DE NULIDAD, que incoaran los ciudadanos JOSE AUGUSTO ORELLANA, MARBELIS VERACIERTO y MARCELA ISABEL YANEZ en contra del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALCALDIA Y CONSEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA (SINTRA.AL.CON.CHACAO), en consecuencia se les debe restituir en sus cargos de Secretario General, Secretario de Organización y Secretaría de Finanzas. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada.