declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto las empresas FOSPUCA LIBERTADOR C.A. y FOSPUCA BARUTA C.A. inscritas en el Registro Mercantil, la primera bajo el Nro. 62, Tomo 78 A-SGDO., en fecha 28 de diciembre de 1993, y la segunda bajo el Nro. 24, Tomo 97 A-SGDO., en fecha 26 de noviembre de 1993, representadas por la abogada Margarita Carolina Ramos Serrano, portadora de la Cédula de Identidad Nro. 6.897.389, abogado inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.635, contra las Providencias Administrativas Nros. 91-98, 92-98, 93-98, 94-98, 95-98, 96-98 y 97-98 de fecha 23 de junio de 1998, emanadas de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se declara la nulidad de las Providencias Administrativas Nros. 91-98, 92-98, 93-98, 94-98, 95-98, 96-98 y 97-98 de fecha 23 de junio de 1998, emanadas de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se ordena reponer la pr.....