III
PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por CONSTRUCTORA CALFRESLI C.A en contra de la ciudadana JUANA FUENTEALVA SEPÚLVEDA, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia se, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la actora el inmueble distinguido como: Apartamento N° 9, letra "C", situado en el Edificio denominado San Fernando, ubicado en la Avenida Circunvalación del Sol, Urbanización, Santa Paula, Municipio Baruta del Estado Miranda, Caracas, libre de bienes y personas.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a .....