Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ALEJANDRA OLIVARES HIDALGO en su condición de Fiscal 16º (E) del Ministerio Público del Estado Lara, contra de la decisión dictada en fecha 08 de Julio de 2008 y publicada en fecha 14 de Julio del mismo año, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual Absolvió al ciudadano Pedro Javier Aguilar García de la comisión del delito de Violación previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal venezolano.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Sentencia dictada por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara.