Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos por los abogados Ignacio Andrade, Francisco Casanova y Haydée Añez Oropeza, actuando como apoderados judiciales de la Empresa ASAP EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL C.A., contra la Providencia Administrativa N° 1239-04 dictada en fecha 13 de octubre de 2004 por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.