Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD la querella interpuesta por el abogado Carlos Mosqueda, apoderado judicial del ciudadano ELPIDIO JOSÉ GONZALEZ, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).