de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras, se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, no quedando ningún otro aspecto pendiente para ser debatido, en razón de que con el presente acuerdo logrado se encuentran cada uno de los conceptos demandados en el libelo; finalmente la parte actora debidamente representado por abogado de confianza manifiesta que con el presente acuerdo le otorga el mas amplia finiquito al cobro de las prestaciones sociales y otros conceptos demandados, no quedando ninguna otra reclamación que hacerle a su patrono por ninguno otro conceptos referido a la presente pretensión. Es todo.-.-
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
La Secretaria
Abg. Nakary Pérez.