Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: Se condena en costas a la parte actora y demandada ambos apelantes de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.