Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta por el abogado Reinaldo Guilarte actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 06 de marzo de 2017, emanada del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia sobre la cual se interpuso la solicitud de regulación de competencia, por las razones indicadas en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: SE DECLARA COMPETENTE a los Tribunales Laborales de este circuito Judicial del Trabajo, para conocer y tramitar el presente asunto, motivo por el cual se ordena darle prosec.....